1.4.1 (El texto de esta Regla correspondía a la Regla 5.1.1
de las Reglas y Criterios de la SE 2012)
Los trámites que, en materia de comercio exterior, se deberán presentar de manera electrónica mediante la Ventanilla Digital (Definición
) (Decreto DOF 14/I/2011
) (Actual VUTCE
) ante la SE, se señalarán en las disposiciones que los normen.
Para la realización de trámites ante la SE, mediante la Ventanilla Digital (Actual VUTCE
)(1), será necesario registrarse en el portal que se encuentra en la siguiente dirección electrónica https://www.ventanillaunica.gob.mx. (El 04/V/2026
, se publicó el Decreto que habilita la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior, la cual entra en operación a partir del 25 de mayo de 2026. En este sentido en la Circular G-119/26
se da a conocer lo mas destacable de dicho portal, así como el link para su consulta: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html. A través de la Circular T-147/26
se puede consultar el objetivo y como se implementara esta ventanilla)
NOTA:
(1) Mediante la Circular G-250/26
, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones informó el inicio del proceso de migración de la VUCEM a la VUTCE, con el objetivo de eliminar procesos duplicados, reducir los tiempos de atención y los costos regulatorios, así como facilitar la gestión de trámites. La transición se llevará a cabo de manera gradual, iniciando el primer bloque el 24 de octubre de 2026. Al ingresar a la Ventanilla Digital, los usuarios serán redirigidos automáticamente a la nueva plataforma, donde deberán iniciar sesión nuevamente con su e.firma. Los trámites iniciados ante las dependencias incluidas en el primer bloque de migración deberán concluirse en la plataforma actual https://www.ventanillaunica.gob.mx, mientras que los nuevos trámites se gestionarán a través de la VUTCE, por medio de la nueva plataforma https://wwwpro.ventanillaunica.gob.mx/portal/home, aprovechando la documentación disponible en el Expediente Único y las herramientas de seguimiento. En este sentido, se recomienda revisar las fechas de migración por dependencia en la Circular G-251/26
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