SEGUNDO. Los certificados vigentes respecto a las NOM-004-ENER-2014, NOM-011-ENER-2006, NOM-014-ENER-2004 y NOM-016-ENER-2016, que hayan sido emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de las NOM-004-ENER-2025, NOM-011-ENER-2025, NOM-014-ENER-2025 y NOM-016-ENER-2025, podrán ser utilizados en los términos en que fueron expedidos hasta la conclusión de su vigencia.
Ciudad de México, a 21 de mayo de 2026.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.
NOTA:
Este Acuerdomodificatorio se publicó el 29/V/2026 (Circular G-122/26). Su Anteproyecto se dio a a conocer en la Circular T-141/26.