I. Se utilizará el RFC con estatus de activo de la persona moral o física de que se trate y su certificado de la e.firma (Definición
) vigente y activo, la cual sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizando la integridad, no repudio y confidencialidad de la documentación o información presentada y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio;
II. Se entenderá que las personas físicas y morales que realicen sus trámites a través de la Ventanilla Digital aceptan que los mismos se realicen en su totalidad mediante esa vía, por lo que los actos administrativos que correspondan se podrán emitir a través de medios electrónicos y notificarse por medio de dicha Ventanilla Digital;
III. En la emisión de los actos administrativos y su notificación que en materia de comercio exterior se realicen mediante la Ventanilla Digital, se utilizará la e.firma que corresponda a los servidores públicos, aplicando en lo conducente las disposiciones que la regulan, y
IV. Las Condiciones y términos de uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior publicadas en el siguiente link: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/otros/CondicionesdeusoVUCEM2017.pdf.