G-0146/2015
México D.F., a 28 de Mayo de 2015

Norma Oficial Mexicana NOM-003-SCFI-2014, Productos eléctricos-Especificaciones de seguridad.


A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Hacemos referencia al proyecto de PROY-NOM-003-SCFI-2013, (Productos Eléctricos Especificaciones de Seguridad), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28/01/2014; el cual dimos a conocer mediante la circular G-0029/2014Circulares CAAAREM 2014 de fecha 28/01/2014.

Al respecto la Secretaría de Economía publica en el DOF de fecha 28/05/2015 la NOM citada al rubro; misma que, entrará en vigor a los 365 días naturales después de su publicación. A excepción de lo siguiente; lo cual, entrará en vigor 730 días naturales despues de su publicación en el DOF:


A la entrada en vigor de la presente Norma Oficial Mexicana, se cancela la NOM-003-SCFI-2000 “Productos eléctricos-Especificaciones de seguridad”, publicada el 10/01/2001.

Sobre el particular es importante resaltar los siguientes cambios:
Campo de aplicación


Referencias
Se eliminan:
Definiciones
Se adicionan entre otros, conceptos como:
Se eliminan los siguientes conceptos:


Respecto a la evaluación de la conformidad, se adicionan los siguientes conceptos:

NOTA: Cabe señalar que cuando se hace referencia al "Interesado", se acota al fabricante y/o comercializador y/o importador y/o distribuidor y/o proveedor.
Requisitos generales

Se deja de hacer referencia a que los productos fabricados y comercializados en territorio nacional deben hacer uso de la contraseña oficial NOM sobre producto o empaque para identificar que éstos cumplen con los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el presente proyecto de norma oficial mexicana, bajo los términos que se describen en NOM-106-SCFI.

Se elimina la referencia relativa a, identificar el país de origen, la fecha de fabricación y señalar este marcado en el producto o en la etiqueta de información comercial, adherida al empaque del mismo.
Evaluación de la conformidad
Seguimiento:

En el caso de las ampliaciones de titularidad:


Se establece que el interesado (fabricante y/o comercializador y/o importador y/o distribuidor y/o proveedor) debe hacer del conocimiento al Organimo de certificación, los cambios que se hayan hecho al producto certificado.
Aplicación de certificados anteriores:

Los productos eléctricos certificados en el cumplimiento de la NOM-003-SCFI-2000 “Productos eléctricos-Especificaciones de seguridad” antes de la fecha de entrada en vigor de esta NOM, podrán comercializarse hasta agotar el inventario certificado.

Esta NOM ya se encuentra en la base de datos CAAAREM para su consulta. Diario Oficial

ATENTAMENTE


LIC. RUBEN DARIO RODRIGUEZ LARIOS
DIRECTOR GENERAL
RUBRICA