Se identifican las fracciones arancelarias y nomenclatura de la Tarifa de la LIGIE, en las cuales se clasifican las mercancías cuya introducción al territorio nacional está sujeta al cumplimiento de NOM´S (Clave NM), en los términos señalados en el artículo 6del presente Acuerdo, y cuya finalidad es dar información comercial, e información comercial y sanitaria:
IX. Incisos 5.1 y 5.2 del Cap. 5 (Especificaciones de Información) de la NOM-050-SCFI-2004, Información comercial- Disposiciones generales para productos, publicada el 1 de junio de 2004, excepto lo establecido en 5.2.1 (f) relativo a los instructivos o manuales de operación: (Aplica Artículo 10).
NOTAS:
En la Circular G-337/2006con boletín P-088, se da a conocer la actualización a nivel nacional del Sistema de Registro, Seguimiento y Evaluación de Incidencias (SIRESI M3) de la NOM-050-SCFI-1994 por la NOM-050-SCFI-2004 en la captura del ACTA DE RETENCIÒN DE MERCANCÌAS POR INCUMPLIMIENTO DE NOM DE INFORMACIÓN COMERCIAL.
El texto en color naranja corresponde a la reforma efectuada mediante Acuerdo publicado el 3 de febrero de 2005.