Acuerdos, Criterios, Politicas y Procedimientos

ANEXO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS 2013

ARTÍCULO 10 Bis Mercancías exceptuadas de cumplir con la NOM-016-CRE-2016



NUMERAL 10 Bis.- Únicamente la gasolina destinada a utilizarse en eventos deportivos, la gasolina para pruebas y la gasolina de llenado inicial que se destina a las armadoras de vehículos automotores no deberán cumplir con la NOM-016-CRE-2016Ley Federal sobre Metrol. y Norm (Identificador EN Complemento EIRLey Aduanera). (En la Circular G-423/20Circulares CAAAREM 2020, se da a conocer unas aclaraciones respecto al cumplimiento de esta NOM)

NOTA:

De conformidad con el Art. Segundo del Acuerdo DOF 27/X/2016Diario Oficialse adicionó este Numeral, el cual entra en vigor el 28/oct./2016 (Art. PrimeroLey Federal sobre Metrol. y NormTransitorio del Acuerdo DOF 27/X/2016) (Circular G-277/216Circulares CAAAREM 2016).

Ley
Año 2012


  
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