Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Evaluación de la Conformidad.
EXTRACTO DE LA AMPLIACION AL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO QUE SE CELEBRO ENTRE EL INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS Y CERTIFICACION (ICONTEC) Y LA ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C. (ANCE), EN MATERIA DE RESULTADOS DE PRUEBA PARA PRODUCTOS ELECTRICOS Y A GAS.
La SE, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los Arts. 87-A y 87-B de la LFSMN, 92, 93, 94 y 95 de su Reglamento, 19 del RI de la SE y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide el extracto del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo que se enlista a continuación:
Ampliación al Acuerdo de Reconocimiento Mutuo que se celebró entre el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) y la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE), en materia de resultados de prueba para productos eléctricos y a gas, de conformidad con las condiciones y términos establecidos dentro del mismo Acuerdo.
Campo de aplicación:
En el caso de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE), se reconocen los resultados de las pruebas realizadas con base en las siguientes medidas relativas a la normalización:
NOM-021-ENER/SCFI-2008 (Actual NOM-021-ENER/SCFI-2017) “Eficiencia energética y requisitos de seguridad al usuario en acondicionadores de aire tipo cuarto. Límites, métodos de prueba y etiquetado”
NOM-028-ENER-2010 (Actual NOM-028-ENER-2017) “Eficiencia energética de lámparas para uso general. Límites y métodos de prueba”
NOM-017-ENER/SCFI-2008 (Actual NOM-017-ENER/SCFI-2012) “Eficiencia energética y requisitos de seguridad de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas. Límites y métodos de prueba”.
En el caso del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC), se reconocen los resultados de las pruebas realizadas con base en las siguientes medidas relativas a la normalización:
NTC 3714 “Aire acondicionado. Acondicionadores de aires para recintos”.
NTC 3292 “Aire acondicionado. Acondicionadores de aires para recintos”.
Resolución 180540 del 30 de marzo de 2010. Numeral 320 (RETILAP).
NTC 2230 “Luminarios. Requisitos Generales y Ensayos”.
Resolución 180540 del 30 de marzo de 2010. Numeral 310.5 (RETILAP).
Fecha de entrada en vigor: 18 de mayo de 2011.
México, D.F., a 9 de junio de 2011.- El Director General de Normas, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.
NOTA:
Este Extracto de la ampliación al Acuerdo de Reconocimiento Mutuo se publicó el 1/VII/2011.
Se recomienda leer:
- El reto I.4 del Programa Institucional del Centro Nacional de Metrología (DOF 14/V/2014).