Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.
EXTRACTO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE LA CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA ELECTRÓNICA DE TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (CANIETI) Y EL LABORATORIO UL LLC, EN LA RAMA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los Arts. 1, 34 frac. XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1, 2, 4, 10, 21 fracs. I, XXI y último párrafo del RI de la SE, 87-A y 87-B de la LFSMN; 92, 93, 94 y 95 de su Reglamento; y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide el extracto del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo que se enlista a continuación:
Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre la CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA ELECTRÓNICA DE TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (CANIETI) Y EL LABORATORIO UL LLC, en la rama de eficiencia energética, de conformidad con las condiciones y términos establecidos dentro del mismo Acuerdo.
Campo de aplicación:
CANIETI:
NOM-032-ENER-2013 “Límites máximos de potencia eléctrica para equipos y aparatos que demandan energía en espera. Métodos de prueba y etiquetado”.
Laboratorio UL LLC:
IEC 62301 Household electrical appliances- Measurement of standby power.
IEC 62087 Methods of measurement for the power consumption of audio, video and related equipment.
Entrada en vigor: El Acuerdo entrará en vigor y efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia mínima de dos años y será automáticamente renovado.
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2016.- El Director General de Normas, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
NOTA:
Este Extracto de Reconocimiento Mutuo se publicó el 19/IV/2016.