(Abrogada)

TÍTULO 3º NORMALIZACION
CAPÍTULO 5º DE LOS COMITÉS CONSULTIVOS NACIONALES DE NORMALIZACIÓN
SECCIÓN
ARTÍCULO 63 Organización y Reglas de operación de los CCNN


Las dependencias competentes, de acuerdo con los lineamientos que dicte la Comisión Nacional de Normalización, organizarán los comités consultivos nacionales de normalización y fijarán las reglas para su operación (1). La dependencia que regule el mayor número de actividades del proceso de un bien o servicio dentro de cada comité, tendrá la presidencia correspondiente.

Los mismos se organizarán por materias o sectores a nivel nacional y no podrá existir más de un comité por dependencia, salvo en los casos debidamente justificados ante la Comisión.

NOTAS:

Esta Ley quedó abrogada a partir del 24 de septiembre de 2020, de conformidad con los dispuesto en el Art. SegundoLey de Infraestructura de la Calidad .del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (DOF 1/VII/2020Diario Oficial)

Se recomienda leer:
(1) Acuerdo que expide las Reglas para la creación, integración, organización y operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria de la SAGARPA, DOF 26/XI/2012Diario Oficial (Circular T-0183/12Circulares CAAAREM 2012)



  
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