Norma Oficial Mexicana (NOM)


Título NOM-028-ENER-2010 EFICIENCIA ENERGETICA DE LAMPARAS PARA USO GENERAL (CANCELADA)

(Las lámparas incluidas en esta tabla, que se fabriquen o importen, podrán comercializarse hasta el 31 de diciembre de 2014, Art. SegundoDiario OficialTransitorio)
Etapa 1
Intervalo de flujo luminoso

(lm)

Potencia máxima permitida

(W)

Eficacia mínima

(lm/W)

Entrada en vigor
1 490-2 600
72
20.69
Diciembre 2011
1 050-1 489
53
19.81
Diciembre 2012
750-1 049
43
17.44
Diciembre 2014
406-749
29
14.00
Diciembre 2014
Nota:
1.- La potencia de 100 W y mayores en lámparas incandescentes no podrá comercializarse con una eficacia menor a 20.69 lm/W a partir del 31 de diciembre de 2011.
2.- La potencia de 75 W y mayores en lámparas incandescentes no podrá comercializarse con una eficacia menor a 19.81 lm/W a partir del 31 de diciembre de 2012.
3.- La potencia de 60 W y 40 W en lámparas incandescentes no podrá comercializarse con una eficacia menor a 17.44 y 14 lm/W, respectivamente, a partir del 31 de diciembre de 2014.
4.- Lámparas incandescentes e incandescentes con halógenos con flujos luminosos mayores a 2 600 lm con espectro general deberán cumplir con una eficacia mínima de 60 lm/W establecido en la tabla 7.
5.- Las lámparas fluorescentes compactas autobalastradas deben cumplir con la NOM-017-ENER/SCFI-2012Ley Federal sobre Metrol. y Norm, vigente.

Tabla 2. Valores mínimos de eficacia para lámparas incandescentes, incandescentes con halógenos y fluorescentes compactas autobalastradas. Espectro modificado
(Las lámparas incluidas en esta tabla, que se fabriquen o importen, podrán comercializarse hasta el 31 de diciembre de 2014, Art. SegundoDiario OficialTransitorio)
Etapa 1
Intervalo de flujo luminoso
(lm)
Potencia máxima permitida
(W)
Eficacia mínima
(lm/W)
Entrada en vigor
1 118-1 950
72
15.53
Diciembre 2011
788-1 117
53
14.86
Diciembre 2012
563-787
43
13.09
Diciembre 2014
406-562
29
14.00
Diciembre 2014
Tabla 3. Valores mínimos de eficacia para lámparas incandescentes, incandescentes con halógenos y fluorescentes compactas autobalastradas

Etapa 2

Intervalo de Potencia
(W)
Eficacia mínima
(lm/W)
Entrada en vigor
Mayor que 22
52
1 de enero de 2019
Mayor que 18 y menor o igual que 22
48
Mayor que 14 y menor o igual que 18
46
Mayor que 10 y menor o igual que 14
40
Mayor que 7 y menor o igual que 10
38
Menor o igual que 7
35

Tabla 4. Valores mínimos de eficacia para lámparas incandescentes, incandescentes con halógenos y fluorescentes compactas autobalastradas

Etapa 3

Intervalo de Potencia
(W)
Eficacia mínima
(lm/W)
Entrada en vigor
Mayor que 22
60
1 de enero de 2020
Mayor que 18 y menor o igual que 22
57
Mayor que 14 y menor o igual que 18
52
Mayor que 10 y menor o igual que 14
50
Mayor que 7 y menor o igual que 10
48
Menor o igual que 7
45
Tabla 5. Valores de eficacia mínima, lámparas fluorescentes de diámetro mayor o igual a 25 mm
Longitud nominal
cm (pies)
Temperatura de color
(K)
Etapa 1
Etapa 2
Eficacia mínima (lm/W)
Entrada en vigor
Eficacia mínima (lm/W)
Entrada en vigor
61 U (2)
menor igual a 4 500
82
Febrero 2011
86
Diciembre 2012
mayor a 4 500
78
83
61 (2)
menor igual a 4 500
73
79
mayor a 4 500
68
73
91 (3)
menor igual a 4 500
79
85
mayor a 4 500
78
83
122 (4)
menor igual a 4 500
85
88
mayor a 4 500
79
85
152 (5)
menor igual a 4 500
86
86
mayor a 4 500
85
85
183 (6)
menor igual a 4 500
85
85
mayor a 4 500
83
83
244 (8)
menor igual a 4 500
93
97
mayor a 4 500
91
93
244 HO(4) (8)
menor igual a 4 500
88
92
mayor a 4 500
84
88
Tabla 6. Valores de eficacia mínima, lámparas fluorescentes de diámetro mayor a 15 mm y menor a 25 mm
Longitud nominal
cm (pies)
Temperatura de color
(K)
Etapa 1
Etapa 2
Eficacia mínima
(lm/W)
Entrada en vigor
Eficacia mínima
(lm/W)
Entrada en vigor
56 (2)
menor igual a 4 500
79
Febrero 2011
81
Diciembre 2012
mayor a 4 500
72
74
56 HO (2)
menor igual a 4 500
67
76
mayor a 4 500
61
73
86 (3)
menor igual a 4 500
83
87
mayor a 4 500
77
82
86 HO (3)
menor igual a 4 500
73
88
mayor a 4 500
67
82
116 (4)
menor igual a 4 500
85
90
mayor a 4 500
79
83
116 HO (4)
menor igual a 4 500
76
82
mayor a 4 500
69
78
146 (5)
menor igual a 4 500
87
89
mayor a 4 500
80
82
146 HO (5)
menor igual a 4 500
71
77
mayor a 4 500
66
74
Notas: 5.3. Lámparas de descarga en alta intensidad, luz mixta, incandescente e incandescente con halógenos no comprendidas en 5.1.

Tabla 7. Valores mínimos de eficacia para lámparas de descarga en alta intensidad, luz mixta, incandescente e incandescente con halógenos no comprendidas en 5.1
Tipo de lámpara
Rango
Eficacia mínima

(lm/W)

Entrada en vigor
Incandescente(1)
--
60
Febrero 2011
Incandescente con halógenos(1)
--
60
Luz mixta
--
60
Vapor de mercurio
--
60
Aditivos metálicos de cuarzo
Menor a 175 W
60
Aditivos metálicos de cuarzo
Mayor o igual a 175 W
65
Aditivos metálicos cerámicos
--
70
Vapor de sodio alta presión
Menor o igual a 100 W
75
Vapor de sodio alta presión
Mayor a 100 W
90
Notas:
1.- Aplica a las lámparas incandescentes e incandescentes con halógenos con flujos luminosos mayores a 2 600 lm para espectro general y 1 950 lm para espectro modificado.

6. Muestreo
Estará sujeto a lo dispuesto en el capítulo 10 de la presente norma oficial mexicana.

7. Métodos de prueba
7.1 Lámparas incandescentes, incandescentes con halógenos y fluorescentes compactas autobalastradas.
7.1.1 Para determinar la eficacia de las lámparas incandescentes e incandescentes con halógenos se debe aplicar la ecuación siguiente:
Eficacia = flujo luminoso/potencia

7.1.2 Las lámparas fluorescentes compactas autobalastradas deberán cumplir con lo especificado en la NOM-017-ENER/SCFI-2008Ley Federal sobre Metrol. y Norm, vigente.
7.2 Lámparas fluorescentes
7.2.1 Para determinar la eficacia de las lámparas fluorescentes se debe aplicar la ecuación siguiente.
Eficacia = flujo luminoso/potencia 7.3 Lámparas de alta intensidad de descarga, luz mixta, incandescente e incandescente con halógenos no comprendidas en 5.1.
7.3.1 Para determinar la eficacia de las lámparas incandescentes e incandescentes con halógenos se debe aplicar la ecuación siguiente:
Eficacia = flujo luminoso/potencia 7.3.3 Para determinar la eficacia de las lámparas de luz mixta se debe aplicar el método de prueba descrito en el Apéndice A de esta norma oficial mexicana.

8. Criterios de Aceptación
Cada espécimen que compone la muestra a probar debe cumplir con las especificaciones de esta norma oficial mexicana.

9. Información comercial
La información comercial de las lámparas incandescentes se especifica en la NMX-J-019-ANCE, vigente en los párrafos 8.1 y 8.2.


10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
De conformidad con los Arts. 68Ley Federal sobre Metrol. y Norm primer párrafo, 70Ley Federal sobre Metrol. y Norm fracc. I y 73Ley Federal sobre Metrol. y Norm de la LFSMyN, se establece el presente Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad.

10.1. Objetivo

10.2. Referencias
Para la correcta aplicación de este PEC es necesario consultar los siguientes documentos vigentes: 10.3. Definiciones
Para los efectos de este PEC, se entenderá por:
10.3.1. Autoridades competentes: La Secretaría de Energía, a través de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía y la PROFECO, conforme a sus atribuciones. 10.5.1.2. Para el certificado de conformidad del producto con verificación mediante el sistema de aseguramiento de la calidad de la línea de producción:
Tabla 8. Muestras
Certificación inicial
Verificación
Piezas a evaluar
Segunda muestra
Piezas a evaluar
Segunda muestra
3
1
3
1
10.5.3.2. Para el proceso de certificación, las lámparas se clasifican y agrupan por familia, de acuerdo con los siguientes criterios:
Todas las lámparas deben ser de la misma marca y proceder de la misma planta productiva, además de lo siguiente, de acuerdo al tipo de lámpara a evaluar.
a) Lámparas incandescentes e incandescentes con halógenos:
Tener el mismo espectro, véase Tablas 1 y 2.
b) Lámparas fluorescentes compactas autobalastradas:
Debe aplicarse el procedimiento de evaluación de la conformidad de la NOM-017-ENER/SCFI-2008Ley Federal sobre Metrol. y Norm vigente.
c) Lámparas fluorescentes: d) Lámparas de aditivos metálicos
La agrupación de familia debe ser por tipo de tubo de descarga, acabado de bulbo exterior y tipo de encendido.
e) Lámparas de luz mixta
La agrupación de familia debe ser por potencia.
f) Lámparas de vapor de mercurio
La agrupación de familia debe ser por potencia y tipo de acabado.
g) Lámparas de vapor de sodio de alta presión
La agrupación de familia debe ser por potencia y tipo de acabado.
El organismo de certificación para producto debe verificar la declaración de la familia porque es una especificación de la norma.
10.5.4. Vigencia de los certificados de cumplimiento del producto.
10.5.4.1. Un año a partir de la fecha de su emisión, para los certificados de la conformidad con verificación mediante pruebas periódicas al producto.
10.5.4.2. Tres años a partir de la fecha de emisión, para los certificados de la conformidad con verificación mediante el sistema de aseguramiento de la calidad de la línea de producción.
10.5.5. Seguimiento.
13. Bibliografía
ANSI C78.375-1997Fluorescent lamps- Guide for electrical measurements.
IEC 60064 ed. 6.3 (2005-05)Tungsten filament lamps for domestic and similar general lighting purpose – Performance requirements.
IEC 60901 ed. 2.2 (2001-11)Single-capped fluorescent lamps – Performance specifications.

Ed. 2.2 (2001-11).

IEC 60081 ed. 5.1 (2002-05)Double-capped fluorescent lamps – Performance specifications.

edition 5.1 (2002-05).

ANSI C78.20- 2003A, G, PS, and similar shapes with E 26 medium screw bases.
ANSI C78.23-1995Incandescent lamps - Miscellaneous types.
ANSI C78.45-2007For electric lamps: Self-ballasted Mercury Lamps
ANSI C78.389 –2004 High intensity discharge-methods of measuring characteristic.
IES – LM-51 – 1993 Electrical and Photometric Measurements of high Intensity Discharge Lamps.
IES-LM-45-00 Approved method for electrical and photometric measurements of general service incandescent filament lamps.
DOE Energy Independence and Security Act of 2007
Apéndice A
Normativo
Condiciones generales para las pruebas eléctricas y de flujo luminoso para lámparas de luz mixta

A.1 Fuente de alimentación
La fuente de alimentación a través de todo el intervalo de la prueba, a la entrada de la lámpara debe cumplir lo siguiente: A.2 Posición de la lámpara
La posición de la lámpara debe ser para la cual fue diseñada.
A.3 Estabilización de la lámpara
Las lámparas a utilizar en la medición deberán pre-envejecerse 100 h.
Antes de efectuar cualquier medición, la lámpara debe de operarse a su potencia nominal ± 3% a una temperatura ambiente de 25°C ± 5°C hasta que los parámetros cesen de variar.
El tiempo de operación de la lámpara para la estabilización no debe ser menor a 30 min.
La lámpara no debe de mover o cambiar su orientación desde el inicio de la estabilización hasta el final de la prueba.
A.4 Instrumentos
Se debe de consultar la NMX-J-230-ANCE-2008 (Actual NMX-J-230-ANCE-2011, la cual cancela la NMX-J-230-ANCE-2008, DOF 22/IX/2011Diario Oficial) inciso 4.5
A.5 Método de prueba fotométrico
A.5.1 Método de la sustitución
Apéndice B

Informativo

Dimensiones de las lámparas fluorescentes

___________________________


NOTAS:
Se recomienda leer:
Acuerdos de Reconocimiento Mutuo aplicables a esta NOM, entre:
- Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) y la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE) (DOF 1/VII/2011Ley Federal sobre Metrol. y Norm).
- DEKRA Certification B.V. de Holanda y Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE) (DOF 17/I/2012Ley Federal sobre Metrol. y Norm)


ULTIMO CAMBIO D.O.F. 04/12/2017



  
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