Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
La SE, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los Arts. 34 fraccs. XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracc. V, 40 fraccs. I y XII, 47 fracc. IV de la LFSMN y 19 fracc. I del Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de calidad para lograr una efectiva protección del consumidor;
Que con fecha 10/XII/2000 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio aprobó la publicación del PROY-NOM-063-SCFI-2000, lo cual se realizó en el DOF el 3/VII/2001, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;
Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de NOM, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el Art. 45de la LFSMN estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron analizados por el citado Comité Consultivo, realizándose las modificaciones procedentes;
Que con fecha 11/XII/2001 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la norma referida;
Que la LFSMN establece que las NOM'S se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, se expide la siguiente:
NOM-063-SCFI-2001, PRODUCTOS ELECTRICOS-CONDUCTORES-REQUISITOS DE SEGURIDAD
(Cancela a la NOM-063-SCFI-1994)
0. Introducción
La estructura de la presente NOM responde a las necesidades en el cumplimiento de los requisitos de seguridad para conductores eléctricos que se comercializan dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual, se han definido 15 secciones (ver 7, Especificaciones). Cada una de ellas hace referencia a la norma o normas mexicanas de requisitos de seguridad (con especificaciones y métodos de prueba) de tipo genérico, las cuales a su vez hacen referencia a normas mexicanas complementarias de requisitos de seguridad para conductores eléctricos en lo particular.
1. Objetivo
La presente NOM establece los requisitos de seguridad que deben cumplir los conductores, alambres y cables para uso eléctrico, con el propósito de garantizar las condiciones necesarias de uso eficiente y racional en el consumo de la energía eléctrica y satisfacer las características imprescindibles de servicio y seguridad para las personas, los equipos y su patrimonio.
2. Campo de aplicación
2.1 La presente NOM es aplicable a los tipos de conductores eléctricos agrupados en las secciones siguientes:
SECCION I. Conductores de cobre desnudos
- Alambre de cobre duro.
- Alambre de cobre semiduro.
- Alambre de cobre suave.
- Alambres de cobre estañado suave o recocido.
- Cable de cobre con cableado concéntrico.
- Cable de cobre con cableado concéntrico compacto.
- Cordones flexibles de cobre.
- Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos.
- Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles.
SECCION II. Conductores de aluminio desnudos
- Alambre de aluminio duro.
- Alambre de aluminio 3/4 duro.
- Alambre de aluminio semiduro.
- Alambre de aluminio suave para usos eléctricos.
- Alambre de aluminio de aleación AA-8000.
- Cable de aluminio con cableado concéntrico.
- Cable de aleación de aluminio AA-8000, con cableado concéntrico.
- Cable concéntrico de aluminio con cableado compacto.
- Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero galvanizado (ACSR).
SECCION III. Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo, para instalaciones hasta 600 V
SECCION IV. Alambres y cables aislados con polietileno, para instalaciones tipo intemperie en baja tensión y cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión
- Alambres y cables aislados con polietileno, para instalaciones tipo intemperie en baja tensión.
- Cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión.
SECCION V. Cables de energía de baja tensión con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V
SECCION VI. Cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros
SECCION VII. Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C para usos electrónicos
SECCION VIII. Cables control y cables multiconductores y monoconductores de energía, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos hasta 600 V y 90°C
SECCION IX. Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión
SECCION X. Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas
SECCION XI. Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C
SECCION XII. Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C
SECCION XIII. Cordones flexibles para uso rudo (hasta 300 V) y extra-rudo (hasta 600 V)
SECCION XIV. Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo para baja tensión
SECCION XV. Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones de hasta 1000 V
2.2 Los conductores eléctricos aislados de baja tensión objeto de esta NOM, son aplicables dentro del intervalo de baja tensión conforme a lo definido en la NMX-J-098-ANCE (Actual NMX-J-098-ANCE-2014, Declaratoria de vigencia DOF 16/VI/2015, PROY-NMX-J-098-ANCE-2021 DOF 24/12/2021) (ver 3, Referencias). Asimismo incluye a los conductores eléctricos desnudos y aislados utilizados en líneas aéreas de transmisión y distribución.
2.3 La presente NOM también cubre los conductores eléctricos que no están descritos en el inciso 2.1, ni cubiertos por las secciones uno a la quince del capítulo 7 de esta NOM y que pueden ser de aplicación similar a algunos de ellos. Estos conductores deben cumplir con lo indicado en el capítulo 5 de esta NOM.
2.4 Excepciones
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta NOM:
2.4.1 Los conductores para utilización en telecomunicaciones.
2.4.2 Cables para usos en transportes aéreos, terrestres o marinos.
2.4.3 Alambre magneto.
3. Referencias
La presente NOM se complementa con las siguientes NOM'S y normas mexicanas o las que las sustituyan:
NOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida.
NOM-030-SCFI-1993 (Actual NOM-030-SCFI-2006) Información Comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta -Especificaciones. Declaratoria de vigencia en el DOF el 29/X/1993.
NOM-106-SCFI-2000 Características de diseño y condiciones de uso de la contraseña oficial. Declaratoria de vigencia en el DOF el 11/XII/2000
NMX-J-002-ANCE-2000 (Aviso de emisión del PROY-NMX-J-002-ANCE-2017, DOF 24/XI/2017) Productos eléctricos-Conductores-Alambres de cobre duro para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia en el DOFel 25/IX/2000.
NMX-J-008-ANCE-2000 (Actual NMX-J-008-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019, su proyecto DOF 24/XI/2017) Productos eléctricos - Conductores-Alambres de cobre estañado suave o recocido para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia en el DOF el 25/IX/2000.
NMX-J-010-ANCE-1996 (Actual NMX-J-010-ANCE-2015, Declaratoria de vigencia DOF 02/XI/2015, su Proyecto, DOF 06/VIII/2014; Aviso de emisión del PROY-NMX-J-010-ANCE-2017, DOF 24/XI/2017) Productos eléctricos-Conductores-Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 600 V-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 8/III/1996 .
NMX-J-010/1-ANCE-2000 (Actual NMX-J-010-1-ANCE 2018, DOF 02/ I /2020) Productos eléctricos-Conductores-Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo con medidas internacionales -Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 13/VI/2000.
NMX-J-012-ANCE-1995 (Actual NMX-J-012-ANCE-2019, DOF 07/VIII/2019, su Proyecto DOF 12/II/2019) Productos eléctricos-Conductores-Cable de cobre con cableado concéntrico para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9/VI/1995
NMX-012/1-ANCE-2000 Productos eléctricos-Conductores-Conductores de cobre para cables aislados - Designación Internacional-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 13/VI/2000.
NMX-J-013-ANCE-1995 (Actual NMX-J-013-ANCE-2017, Declaratoria de vigencia DOF 4/IV/2017, su Proyecto DOF 29/XI/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-014-ANCE-1995 (Actual NMX-J-014-ANCE-2016, Declaratoria de vigencia DOF 20/IX/2016, Aclaración DOF 27/X/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-027-ANCE-1999 (Actual NMX-J-027-ANCE-2020, Declaratoria de vigencia DOF 04/ I /2020, su Proyecto DOF 09/III/2020) Productos eléctricos-Conductores-Alambre de aluminio duro para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 17/VI/1999.
NMX-J-028-ANCE-1995 Productos eléctricos-Conductores-Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión, hasta 600 V-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9/VI/1995.
NMX-J-032-ANCE-1995 (Actual NMX-J-032-ANCE-2014, Declaratoria de vigencia DOF 9/II/2015, PROY-NMX-J-032-ANCE-2021 DOF 3/XI/2021) Productos eléctricos-Conductores-Cable de aluminio con cableado concéntrico para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-035-ANCE-1995 (Actual NMX-J-035-ANCE-2018, DOF 19/IX/2019, su Proyecto DOF 24/XI/2017) Productos eléctricos-Conductores-Alambres de cobre semiduro para usos eléctricos- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-036-ANCE-1999 (Declaratoria de vigencia NMX-J-036-ANCE-2018, DOF 24/X/2018) Productos eléctricos-Conductores-Alambres de cobre suave para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 12/IV/2000.
NMX-J-037-ANCE-1995 (Actual NMX-J-037-ANCE-2019, Declaratoria de vigencia DOF 04/ I /2020) Productos eléctricos-Conductores-Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-049-ANCE-1995 (Actual NMX-J-049-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019, su proyecto DOF 01/VI/2018) Productos eléctricos-Conductores-Alambre de aluminio semiduro para usos eléctricos- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29/IX/1995.
NMX-J-054-ANCE-1995 (Actual NMX-J-054-ANCE-2015, Declaratoria de vigencia DOF 25/XI/2015, PROY-NMX-J-054-ANCE-2021 DOF 24/XII/2021) Productos eléctricos-Conductores-Alambres y cables aislados con polietileno para instalaciones tipo intemperie en baja tensión-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 8/III/1996.
NMX-J-058-ANCE-1994 (Actual NMX-J-058-ANCE-2019, Declaratoria de vigencia DOF 04/ I /2020, su Proyecto DOF 26/IV/2019) Productos eléctricos-Conductores-Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero (acsr)-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 13/I/1995.
NMX-J-059-ANCE-1995 (Actual NMX-J-059-ANCE-2020, DOF 08/IX/2021) Productos eléctricos-Conductores-Cable de cobre con cableado concéntrico compacto para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 09/VI/1995.
NMX-J-061-ANCE-1995 (Actual NMX-J-061-ANCE-2015 DOF 24/V/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9/VI/1995.
NMX-J-062-ANCE-1995 (Actual NMX-J-062-ANCE-2014, PROY-NMX-J-062-ANCE-2022) Productos eléctricos-Conductores-Cable concéntrico compacto de aluminio con cableado para usos eléctricos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29/IX/1995.
NMX-J-098-ANCE-1999 Sistemas eléctricos de potencia-Suministro-Tensiones eléctricas normalizadas. Declaratoria de vigencia publicada el 17/VI/1999 (PROY-NMX-J-098-ANCE-2014, DOF 06/VIII/2014).
NMX-J-102-ANCE-1995 (Actual NMX-J-102-ANCE-2015 DOF 24/V/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 18/VIII/1995.
NMX-J-216-ANCE-1995 (Actual NMX-J-216-ANCE-2019, DOF 07/VIII/2019) Productos eléctricos-Conductores-Alambre de aluminio 3/4 duro para usos eléctricos- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29/IX/1995.
NMX-J-297-ANCE-1995 (Actual NMX-J-297-ANCE-2017, DOF 8/VI/2017y su Proyecto DOF 30/IX/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cordones flexibles de cobre para usos eléctricos y electrónicos- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-298-ANCE-1995 (Actual NMX-J-298-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019; su proyecto DOF 01/VI/2018) Productos eléctricos-Conductores-Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V -Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29/IX/1995.
NMX-J-300-ANCE-1995 (Actual NMX-J-300-ANCE-2020, DOF 09/IX/2021) Productos eléctricos-Conductores-Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo, para tensiones de 600 V y 1 000 V c.a., y temperaturas de operación máxima en el conductor de 75°C y 90°C-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-429-ANCE-1994 Productos eléctricos-Conductores-Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C, para usos electrónicos-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9/VI/1995.
NMX-J-436-ANCE-1995 (Actual NMX-J-436-ANCE-2021, DOF 10/ I /2022; su Proyecto DOF 21/IX/2020) Productos eléctricos-Conductores-Cordones flexibles para uso rudo y extra rudo, hasta 600 V-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 18/VIII/1995.
NMX-J-438-ANCE-1995 (Actual NMX-J-438-ANCE-2020, DOF 26/VIII/2021) Productos eléctricos-Conductores-Cables con aislamiento de policloruro de vinilo, 75°C para alambrado de tableros-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-451-ANCE-1995 (Actual NMX-J-451-ANCE-2021 DOF 22/XII/2021, su proyecto DOF 16/XII/2020) Productos eléctricos-Conductores-Cables de energía de baja tensión, con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/ 1995.
NMX-J-486-ANCE-1995 (Actual NMX-J-486-ANCE-2020, DOF 09/IX/2021) Productos eléctricos-Conductores-Cables control y multiconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos, 600 V, 90°C-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-492-ANCE-1995 (Actual NMX-J-492-ANCE-2018, DOF 30/ I /2018, su proyecto DOF 26/II/2018) Productos eléctricos-Conductores-Cables monoconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos, 600 V 90°C-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-509-ANCE-1995 (Actual NMX-J-509-ANCE-2019, DOF 05/ I /2021, su proyecto DOF 12/II/2019) Productos eléctricos-Conductores-Alambre de aluminio suave para usos eléctricos- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22/XII/1995.
NMX-J-514-ANCE-1998 (Actual NMX-J-514-ANCE-2016, DOF 19/IX/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones hasta 1000 V- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 15/V/1998.
NMX-J-532-ANCE-2000 (Actual NMX-J-532-ANCE-2017, DOF 4/IV/2017, su proyecto DOF 29/XI/2016) Productos eléctricos-Conductores-Alambres de aleación de aluminio serie AA-8000- Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 7/III/2001.
NMX-J-533-ANCE-2000 (Actual NMX-J-533-ANCE-2017, DOF 7/IV/2017, su proyecto DOF 29/XI/2016) Productos eléctricos-Conductores-Cables de aleación de aluminio serie AA-8000-Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada el 7/III/2001.
4. Definiciones
Para efectos del entendimiento de esta NOM, son aplicables las definiciones establecidas en las normas referenciadas en el capítulo 3, además de la que se describe a continuación:
4.1 Empaque.- Es el medio de protección por el cual se evitan daños al producto o productos durante su fabricación, transportación, manejo y almacenamiento, siempre y cuando estas operaciones sean desarrolladas en forma apropiada.
5. Requisitos generales
Este capítulo es aplicable para los tipos de conductores eléctricos que quedan comprendidos en el Campo de aplicación de esta NOM, pero que no están identificados con los indicados en las secciones del capítulo 7 de la misma. Estos conductores deben cumplir con las especificaciones declaradas por el fabricante, siempre y cuando se demuestra que éstas cumplen con el objetivo de esta Norma. La determinación de dichas especificaciones debe realizarse de acuerdo con los métodos usados en las normas listadas en el capítulo 3 (Referencias).
5.1. Conductores de cobre o aluminio desnudos o para ser aislados
Los alambres y/o cables desnudos de cobre o aluminio comprendidos en esta sección, deben cumplir con los requisitos aplicables de los capítulos 7.1 y 7.2 de esta Norma, pero pueden diferir de ellos en uno o varios de los elementos constructivos, como son:
- Diámetro del conductor.
- En el caso de cables, el número y diámetro de los alambres componentes, su distribución, sentido y longitud del paso de cableado
- Resistencia eléctrica a la corriente directa.
- Propiedades físicas, químicas, eléctricas y demás características constructivas.
5.2. Conductores aislados
Los alambres y/o cables de cobre o aluminio aislados, comprendidos en esta sección, deben cumplir con los requisitos aplicables de los capítulos 7.3 a 7.15 de esta NOM, pero pueden diferir de ellos en una o varias características, como son:
5.2.1 Conductor de cobre o aluminio, ver requisitos en el inciso 5.1.
- Otras variantes no indicadas antes, pero que aún así, pueden ser similares a los citados en los incisos 7.3 a 7.15 de esta NOM.
Como consecuencia de esto, se establecen los requisitos indicados en las secciones de este capítulo.
5.2.2 Resistencia eléctrica a la corriente directa después del aislamiento o reunido.
Deben tomarse en cuenta los procedimientos y tolerancias para los cables terminados de acuerdo a lo indicado en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de esta NOM.
5.2.3 Espesores de aislamientos y cubiertas y otras dimensiones
Los espesores de aislamientos y cubiertas, así como los de otros componentes y otras dimensiones, deben estar de acuerdo con los nominales citados en las especificaciones declaradas por el fabricante, siendo aplicables las tolerancias y los procedimientos de determinación indicados en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de la presente NOM.
5.2.4 Reunido de conductores aislados
La reunión o ensamble de conductores aislados deben cumplir con lo establecido con las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 aplicables de la presente NOM, aunque pueden existir variantes en la distribución, el sentido y longitud del paso de reunido y en la identificación de los conductores. Estos parámetros deben cumplir con las especificaciones declaradas por el fabricante (véase 5), pero deben determinarse siguiendo las tolerancias y procedimientos indicados en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de la presente NOM.
5.2.5 Rellenos, cintas reunidoras o separadoras y cubiertas internas
Para cables con rellenos, cintas reunidoras o separadoras o cubiertas internas, estos componentes deben ser compatibles con los demás componentes involucrados para no afectar el cumplimiento con otros requisitos de las normas aplicables citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de la presente NOM.
5.2.6 Construcción
Pueden presentarse otras variantes constructivas en los productos equivalentes a los cubiertos en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de la presente NOM, las cuales deben permitir el cumplimiento con los demás requisitos aplicables y con la seguridad requerida en esta Norma. Algunas de estas variantes pueden ser armaduras, blindajes, materiales no higroscópicos, etc. Estos parámetros deben cumplir con las especificaciones declaradas por el fabricante (véase 5), cubriendo como mínimo los siguientes requisitos:
a) Debe aplicarse una prueba de tensión eléctrica entre los conductores aislados y la armadura o blindaje. No debe presentarse falla.
b) Debe medirse la resistencia eléctrica a corriente directa de la armadura o blindaje, la cual no debe ser mayor que la declarada por el fabricante.
5.2.7 Propiedades y pruebas físicas de los aislamientos, cubiertas y producto terminado
Las propiedades y características físicas de los aislamientos y cubiertas deben cumplir con las normas aplicables citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de la presente NOM y en el caso de no aplicarse alguna de ellas, deben cumplir con las especificaciones declaradas por el fabricante (véase 5).
5.2.8 Características de resistencia a la propagación de la flama, resistencia a la propagación del incendio y de emisión reducida de humos y gas ácido.
Los cables equivalentes a los que en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 de la presente NOM requieran características de resistencia a la propagación de la flama o resistencia a la propagación de incendio o de emisión reducida de humos y gas ácido, deben de cumplir con lo que al respecto establecen dichas normas.
5.2.9 Marcado
El marcado en el producto y en el empaque debe cumplir con los requisitos indicado en el capítulo 8 de la presente NOM.
6. Cumplimiento
Para asegurar el cumplimiento de los conductores eléctricos que quedan comprendidos en el campo de aplicación de esta NOM, cada producto debe cumplir con lo especificado en la sección aplicable del capítulo 7 de la presente NOM.
Cuando algún conductor eléctrico no esté incluido en una de las secciones del capítulo 7 de la presente NOM, éste debe cumplir con lo establecido en el capítulo 5 de la presente NOM.
7. EspecificacionesSECCION I.
CONDUCTORES DE COBRE DESNUDOS
7.1. Conductores de cobre desnudos
7.1.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.1.2 de la presente NOM:
a) Alambres de cobre duro.
b) Alambres de cobre semiduro.
c) Alambres de cobre suave.
d) Alambres de cobre estañado suave o recocido.
e) Cable de cobre con cableado concéntrico.
f) Cable de cobre con cableado concéntrico compacto.
g) Cordones flexibles de cobre.
h) Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos.
i) Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles.
7.1.2 Cumplimiento
Los conductores objeto de esta sección deben cumplir con las normas mexicanas indicadas a continuación:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Alambres de cobre duro | NMX-J-002-ANCE |
Alambres de cobre semiduro | NMX-J-035-ANCE |
Alambres de cobre suave | NMX-J-036-ANCE |
Alambres de cobre estañado suave o recocido | NMX-J-008-ANCE
(Actual NMX-J-008-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019) |
Cable de cobre con cableado concéntrico | NMX-J-012-ANCE |
Cable de cobre con designación internacional | NMX-012/1-ANCE |
Cable de cobre con cableado concéntrico compacto | NMX-J-059-ANCE |
Cordones flexibles de cobre | NMX-J-297-ANCE |
Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos | NMX-J-013-ANCE |
Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles | NMX-J-014-ANCE
(Actual NMX-J-014-ANCE-2016, Declaratoria de vigencia DOF 20/IX/2016, Aclaración DOF 27/X/2016) |
SECCION II.
CONDUCTORES DE ALUMINIO DESNUDOS
7.2 Conductores de aluminio desnudos
7.2.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.2.2 de esta NOM:
a) Alambres de aluminio de aleación AA-8000.
b) Alambres de aluminio duro
c) Alambres de aluminio 3/4 duro
d) Alambre de aluminio semiduro
e) Alambre de aluminio suave.
f) Cable de aluminio con cableado concéntrico.
g) Cable de aleación de aluminio AA-8000.
h) Cable concéntrico de aluminio con cableado compacto.
i) Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero galvanizado (ACSR).
7.2.2 Cumplimiento
Los conductores objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Alambre de aluminio de aleación AA-8000 | NMX-J-532-ANCE |
Alambre de aluminio duro | NMX-J-027-ANCE |
Alambre de aluminio ¾ duro | NMX-J-216-ANCE |
Alambre de aluminio semiduro | NMX-J-049-ANCE
(Actual NMX-J-049-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019, su proyecto DOF 01/VI/2018) |
Alambre de aluminio suave | NMX-J-509-ANCE |
Cable de aluminio con cableado concéntrico | NMX-J-032-ANCE |
Cable de aleación de aluminio AA-8000 | NMX-J-533-ANCE |
Cable concéntrico de aluminio con cableado compacto | NMX-J-062-ANCE |
Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero galvanizado (ACSR) | NMX-J-058-ANCE |
SECCION III.
CONDUCTORES CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO A BASE DE POLICLORURO DE VINILO, PARA INSTALACIONES HASTA 600 V
7.3 Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo, para instalaciones hasta 600 V
7.3.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.3.2 de esta NOM.
a) Cable monoconductor TW
b) Cable monoconductor THW
c) Cable monoconductor THHW
d) Cable monoconductor THW-LS
e) Cable monoconductor THHW-LS
f) Cable monoconductor THWN
g) Cable monoconductor THHN
h) Cable multiconductor TW
i) Cable multiconductor THW
j) Cable multiconductor THHW
k) Cable multiconductor THW-LS
l) Cable multiconductor THHW-LS
m) Cable multiconductor THWN
n) Cable multiconductor THHN
o) Cables con medidas internacionales
7.3.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 600 V | NMX-J-010-ANCE
(Actual NMX-J-010-ANCE-2015, Declaratoria de vigencia DOF 02/XI/2015, su Proyecto, DOF 06/VIII/2014)
(Declaratoria de vigencia de la NMX-J-010-ANCE-2011, DOF 20/V/2011) (PROY-NMX-J-010-ANCE-2014, DOF 06/VIII/2014) |
Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo hasta 600 V con medidas internacionales | NMX-J-010/1-ANCE (Actual NMX-J-010-ANCE-2015, Declaratoria de vigencia DOF 02/XI/2015, su Proyecto, DOF 06/VIII/2014) |
SECCION IV.
ALAMBRES Y CABLES AISLADOS CON POLIETILENO, PARA INSTALACIONES TIPO INTEMPERIE EN BAJA TENSION Y CABLES MULTICONDUCTORES PARA DISTRIBUCION AEREA A BAJA TENSION
7.4 Alambres y cables aislados con polietileno, para instalaciones tipo intemperie en baja tensión y cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión
7.4.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.4.2 de esta NOM:
a) Alambres de cobre monoconductor aislado
b) Cables de cobre monoconductor aislado
c) Cables de aluminio monoconductor aislado
d) Cables ACSR monoconductor aislado
e) Cable multiconductor aislado con soporte en alambre o cable de cobre
f) Cable multiconductor aislado con soporte en cable de aluminio
g) Cable multiconductor aislado con soporte en cable ACSR
7.4.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Alambres y cables aislados con polietileno para instalaciones tipo intemperie en baja tensión | NMX-J-054-ANCE |
Cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión | NMX-J-061-ANCE
(Actual NMX-J-061-ANCE-2015 DOF 24/V/2016) |
SECCION V.
CABLES DE ENERGIA DE BAJA TENSION CON AISLAMIENTO DE POLIETILENO DE CADENA CRUZADA O A BASE DE ETILENO-PROPILENO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V
7.5 Cables de energía de baja tensión con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V
7.5.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en NMX-J-451-ANCE (Actual NMX-J-451-ANCE-2011 DOF 07/VII/2011):
a) XHHW
b) XHHW-2
c) RHH con aislamiento XLP
d) RHW con aislamiento XLP
e) RHW-2 con aislamiento XLP
f) RHH con aislamiento combinado
g) RHW con aislamiento combinado
7.5.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cables de energía de baja tensión, con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V | NMX-J-451-ANCE
(Actual NMX-J-451-ANCE-2011 DOF 07/VII/2011) |
SECCION VI.
CABLES CON AISLAMIENTO DE POLICLORURO DE VINILO DE 75°C PARA ALAMBRADO DE TABLEROS
7.6 Cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros
7.6.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre a los cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros descritos en NMX-J-438-ANCE.
7.6.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros | NMX-J-438-ANCE |
SECCION VII.
ALAMBRES Y CORDONES CON AISLAMIENTO DE PVC 105°C PARA USOS ELECTRONICOS
7.7 Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C para usos electrónicos
7.7.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre a los alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C para usos electrónicos descritos en NMX-J-429-ANCE.
7.7.2 Cumplimiento
Los alambres y cordones objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C, para usos electrónicos | NMX-J-429-ANCE |
SECCION VIII.
CABLES CONTROL Y CABLES MULTICONDUCTORES Y MONOCONDUCTORES DE ENERGIA, NO PROPAGADORES DE INCENDIO, DE BAJA EMISION DE HUMOS Y SIN CONTENIDO DE HALOGENOS HASTA 600 V Y 90 ºC
7.8 Cables control y cables multiconductores y monoconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos hasta 600 V y 90ºC
7.8.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.8.2 de esta NOM:
a) Cables Monoconductor
b) Cable Control y/o Multiconductor
7.8.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cables monoconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos, 600 V, 90°C | NMX-J-492-ANCE |
Cables control y multiconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos hasta 600 V y 90°C | NMX-J-486-ANCE |
SECCION IX.
CABLES CONCENTRICOS TIPO ESPIRAL PARA ACOMETIDA AEREA A BAJA TENSION HASTA 600 V
7.9 Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión
7.9.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión hasta 600 V, descritos en NMX-J-028-ANCE.
7.9.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión hasta 600 V | NMX-J-028-ANCE |
SECCION X.
CABLE PORTAELECTRODO PARA SOLDADORAS ELECTRICAS
7.10 Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas
7.10.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en NMX-J-037-ANCE:
a) Tipo 1: Aislamiento de PVC
b) Tipo 2: Aislamiento de Policloropreno, Polietileno Clorosulfonado (CP) y Polietileno Clorado (CPE)
c) Tipo 3: Aislamiento termoplástico tipo elastomérico (TPE).
7.10.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas | NMX-J-037-ANCE |
SECCION XI.
CONDUCTORES DUPLEX (TWD) CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V Y 60°C
7.11 Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C
7.11.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C descritos en NMX-J-298-ANCE (Actual NMX-J-298-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019; su proyecto DOF 01/VI/2018):
Tipo A.- Para instalaciones domésticas visibles.
Tipo B.- Para instalaciones domésticas visibles y acometidas aéreas.
7.11.2 Cumplimiento
Los conductores objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C | NMX-J-298-ANCE
(Actual NMX-J-298-ANCE-2018, DOF 30/ I /2019; su proyecto DOF 01/VI/2018) |
SECCION XII.
CORDONES FLEXIBLES TIPO SPT CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO A BASE DE POLICLORURO DE VINILO PARA INSTALACIONES HASTA 300 V PARA 60°C, 75°C, 90°C Y 105°C
7.12 Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C
7.12.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cordones descritos en NMX-J-102-ANCE (Actual NMX-J-102-ANCE-2015 DOF 24/V/2016) :
a) SPT: 60°C
b) SPT: 75°C
c) SPT: 90°C
d) SPT: 105°C
7.12.2 Cumplimiento
Los cordones objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C | NMX-J-102-ANCE
(Actual NMX-J-102-ANCE-2015 DOF 24/V/2016) |
SECCION XIII.
CORDONES FLEXIBLES PARA USO RUDO (HASTA 300 V) Y EXTRA-RUDO (HASTA 600 V)
7.13 Cordones flexibles para uso rudo (hasta 300 V) y extra-rudo (hasta 600 V)
7.13.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cordones descritos en NMX-J-436-ANCE:
a) SVT: 60°C, 75°C, 90°C y 105°C
b) SVO: 90°C
c) SJT: 60°C, 75°C, 90°C y 105°C
d) SJO: 90°C
e) ST: 60°C, 75°C, 90°C y 105°C
f) SO: 90°C
7.13.2 Cumplimiento
Los cordones objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cordones flexibles para uso rudo y extra rudo, hasta 600 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C | NMX-J-436-ANCE |
SECCION XIV.
CABLES CONTROL CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO O TERMOFIJO, PARA TENSIONES DE 600 V Y 1 000 V c.a., Y TEMPERATURAS DE OPERACION MAXIMAS EN EL CONDUCTOR DE 75 Y 90°C
7.14 Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo para baja tensión
7.14.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables control, descritos en NMX-J-300-ANCE (Actual NMX-J-300-ANCE-2020, DOF 09/IX/2021):
a) Grupo I y/o II tipo A.
b) Grupo I y/o II tipo B.
c) Grupo I y/o II tipo C.
d) Grupo I y/o II tipo D.
7.14.2 Cumplimiento
Los cables control objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo, para tensiones de 600 y 1 000 V c.a., y temperaturas de operación máxima en el conductor de 75 y 90°C | NMX-J-300-ANCE |
SECCION XV.
CABLES PARA ALIMENTACION DE BOMBAS SUMERGIBLES PARA POZO PROFUNDO EN INSTALACIONES DE HASTA 1000 V
7.15 Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones de hasta 1000 V
7.15.1 Alcance
El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en NMX-J-514-ANCE:
a) Configuración redonda
b) Configuración plana
7.15.2 Cumplimiento
Los cables objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:
Tipo de Conductor | Norma Mexicana aplicable |
Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones hasta 1000 V. | NMX-J-514-ANCE |
8. Información
En las siguientes secciones se indican los elementos de información, según sea aplicable, para cada uno de los productos cubiertos en esta Norma. Se debe cumplir con lo establecido en la NOM-008-SCFI y NOM-030-SCFI.
8.1 Alambres y cables desnudos
8.1.1 En el producto
Los alambres y cables desnudos, sean de cobre o aluminio, no llevan leyenda de información sobre el producto.
8.1.2 Empaque
Cada empaque debe contener la información siguiente, como mínimo:
- Nombre y marca registrada del fabricante.
- Identificación del producto.
- Area de la sección transversal nominal en milímetros cuadrados.
- La designación del conductor correspondiente en AWG o kCM o kcmil (si existe).
- Contenido en metros o kilogramos.
- La leyenda “Hecho en México” (Acuerdo que establece condiciones y requisitos para otorgar la autorización y uso del emblema Hecho en México) o la designación del país de origen.
8.2. Conductores aislados
8.2.1 En el producto
Los conductores aislados, comprendidos en esta Norma, deben contener como mínimo la información que a continuación se indica sobre su aislamiento o su cubierta protectora, secuencialmente en toda su longitud en forma legible y permanente, permitiéndose una distancia máxima sin marcar de 0,30 m. Para cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión, la información se hace sobre el aislamiento de uno de los conductores:
- Nombre o marca registrada del fabricante.
- Identificación del producto.
- Area de la sección transversal nominal en milímetros cuadrados.
- La designación del conductor correspondiente en AWG o kCM o kcmil (si existe).
- Tensión de operación máxima, en volts.
8.2.2 Empaque
El empaque debe identificarse como mínimo con los siguientes datos:
- Nombre o marca registrada del fabricante.
- Identificación del producto.
- Area de la sección transversal nominal en milímetros cuadrados.
- La designación del conductor correspondiente en AWG o kCM o kcmil (si existe).
- Tensión de operación máxima, en volts.
- Contenido en metros
- La leyenda “Hecho en México” (Acuerdo que establece condiciones y requisitos para otorgar la autorización y uso del emblema Hecho en México), o la designación del país de origen.
9. Evaluación de la conformidad
La evaluación de la conformidad del producto objeto de la presente NOM, se debe llevar a cabo por personas acreditadas y aprobadas en términos de lo dispuesto por la LFSMN y su Reglamento.
10. Vigilancia
La vigilancia de la presente NOM estará a cargo de la SE y de la PROFECO, conforme a sus respectivas atribuciones.
11. Bibliografía
NOM-063-SCFI-1994 Productos Eléctricos-Conductores-Requisitos de Seguridad, publicada el 21/X/ 1996.
IEC 60227-1 (1993-02) Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V-Part 1: General Requirements.
IEC 60228 (1978-01) Conductors of insulated cables.
IEC 60245-1 (1998-02) Rubber insulated cables-Rated voltages up to and including 450/750 V - Part 1: General Requirements.
12. Concordancia con normas internacionales
Esta NOM no es equivalente con normas internacionales de conductores eléctricos por tener diferencias en las designaciones de área de la sección transversal de los conductores y en características constructivas generales de los conductores, así como otras diferencias debidas a la distinta infraestructura tecnológica y a la regulación técnica en materia de instalaciones eléctricas del país.TRANSITORIO
PRIMERO.- La presente NOM entrará en vigor 120 días naturales después de su publicación en el DOF.
SEGUNDO.- La presente NOM cancela a la NOM-063-SCFI-1994, Productos eléctricos-Requisitos de seguridad, publicada el 21/X/1996.
México, D.F., a 11 de diciembre de 2001.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.
NOTAS:
Esta NOM se publicó el 22/II/2002 (Circular T-109/02).
Los laboratorios de prueba acreditados y aprobados aplicables para esta NOM, se publicaron el 19/VI/2017 y son los siguientes:
- Conductores del Norte Internacional, S.A. de C.V. |
- Conductores Eléctricos Quinro, S.A. de C.V. |
- Laboratorio JABA, S.A. de C.V. |
- Labintec, S.A. de C.V. |
- LABOTEC México, S.C. Unidad Eléctrica |
- Metrología y Pruebas, S.A. de C.V. |
- Condumex S.A. de C.V. |
- Truper, S.A. de C.V. |
- Gilotronics, S.A. de C.V. |
- Argos Eléctrica, S.A. de C.V.
|
- Conductores Monterrey, S.A. de C.V. |
- Condulimex S.A. de C.V. |
El Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre la Asociación Nacional de Normalización y Certificación del Sector Eléctrico A.C. y el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación para el reconocimiento mutuo de las actividades desarrolladas por cada una de las partes para la evaluación y certificación de productos, aplicable a la NOM-063-SCFI-1994, se publicó el 5/IV/2000. La Ampliación al Acuerdo de Reconocimiento Mutuo y cuyo extracto se publicó el 5/IV/2000 celebrado entre la Asociación Nacional de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE) y el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC), para la aceptación de resultados de pruebas y certificaciones, aplicable a la NOM-063-SCFI-2001, se publicó el 23/IV/2003
Se recomienda leer:
- NMX-W-037-SCFI-2015 Cobre y sus Aleaciones-Definiciones, Terminología y Clasificación (DOF 12/IV/2016)
- NMX-W-171-SCFI-2015 Productos de Cobre y sus Aleaciones-Pruebas Mecánicas- Métodos de Prueba (DOF 12/IV/2016)
- NMX-W-172-SCFI-2015 Productos de Cobre y sus Aleaciones-Clasificación de Chatarras-Especificaciones y Métodos de Prueba (DOF 12/IV/2016)
- NMX-X-002-1-SCFI-2015 Productos de Cobre y sus Aleaciones-Conexiones de Latón Roscadas y con Abocinado a 45°-Especificaciones y Métodos de Prueba (DOF 12/IV/2016)
- NMX-J-012/1-ANCE-2021 Conductores-Conductores de Cobre y Aluminio con Designación Internacional-Especificaciones (DOF 21/XII/2021, su Proyecto DOF 03/III/2021)
- PROY-NMX-W-165-SCFI-2014 Productos de cobre y sus aleaciones-métodos de prueba para determinar la pureza (análisis químico) (DOF 15/XII/2014)