Norma Oficial Mexicana (NOM)


Título PROY-NOM-012-4-SCFI-2017 MEDIDORES PARA AGUA POTABLE FRÍA Y CALIENTE (REQUISITOS NO METROLÓGICOS)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en lo dispuesto por los Arts. 34 fraccs. II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17Ley Federal sobre Metrol. y Norm, 39Ley Federal sobre Metrol. y Norm, fracc. V, 40Ley Federal sobre Metrol. y Norm, fracc. I y IV, 47Ley Federal sobre Metrol. y Norm, fracc. I de la LFSMN; así como, 33Ley Federal sobre Metrol. y Normdel Reglamento de la LFSMN y 22Acuerdos Reg. y Restr. no Aranc., fraccs. I, IV, IX, X, XVI y XXV del Reglamento Interior de la SE; se expide para consulta pública el PROY-NOM-012-4-SCFI-2017, “INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-MEDIDORES DE AGUA PARA AGUA POTABLE FRÍA Y CALIENTE-PARTE 4: REQUISITOS NO METROLÓGICOS” (UNA VEZ QUE EL PROYECTO DE NOM SEA PUBLICADO EN SUS CINCO PARTES EN EL DOF COMO NORMA DEFINITIVA Y ENTRE EN VIGOR CANCELARÁ A LA NOM-012-SCFI-1994Ley Federal sobre Metrol. y Norm, Medición de flujo de agua en conductos cerrados de sistemas hidráulicos-Medidores para agua potable fría-Especificaciones [esta Norma cancela a la NOM-012-SCFI-1993], publicada en el DOF el 29 de octubre de 1997), a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, ubicado en Av. Puente de Tecamachalco Núm. 6, Col. Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, CP. 53950, Estado de México, teléfono 57 29 91 00, Ext. 43274 y 43244, Fax 55 20 97 15 o bien a los correos electrónicos: juan.rivera@economia.gob.mx y sofia.pacheco@economia.gob.mx, para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso. SINEC- 20180522173345046.


PROY-NOM-012-4-SCFI-2017, INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-MEDIDORES PARA AGUA POTABLE FRÍA Y CALIENTE-PARTE 4: REQUISITOS NO METROLÓGICOS
(Cancelará a la NOM-012-SCFI-1994Ley Federal sobre Metrol. y Norm)

1. Objetivo y campo de aplicación
1.1 Objetivo
Este Proyecto de NOM especifica las características técnicas y los requerimientos de pérdida de presión para medidores de agua potable fría y caliente. Aplica a medidores de agua que pueden soportar:
a) Una presión máxima permisible (PMP) que sea igual, al menos, a 1 MPa [0,6 MPa para medidores que utilizan ductos con un diámetro nominal (DN) de >500 mm];
b) Una temperatura máxima permisible (TMP) para medidores de agua potable fría de 30 °C;
c) Una TMP para medidores de agua caliente de hasta 180°C, dependiendo de la clase.
1.2 Campo de aplicación
Este Proyecto de NOM es aplicable para medidores de agua que se utilizan para medir el volumen de agua potable fría y caliente que fluye a través de un conducto cerrado totalmente cargado. Estos medidores de agua incorporan dispositivos que indican el volumen integrado.
Además de los medidores basados en principios mecánicos, este Proyecto de NOM también aplica para medidores de agua basados en principios eléctricos o electrónicos, y para medidores de agua basados en principios mecánicos que incorporen dispositivos electrónicos, que se utilizan para medir el flujo de volumen de agua potable caliente y fría. También aplica para dispositivos electrónicos auxiliares. Por regla general, los dispositivos auxiliares son opcionales. Sin embargo, las regulaciones internacionales pueden hacer obligatorios algunos de estos dispositivos en relación con el uso de los medidores de agua.

2. Referencias normativas
Para los fines de este Proyecto de NOM, es indispensable aplicar la NOM y las Normas Internacionales que se indican a continuación o las que las sustituyan, ya que constituyen disposiciones de este Proyecto de NOM:
NOM-008-SCFI-2002 Ley Federal sobre Metrol. y Norm Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el DOF el día 27 de noviembre de 2002.
ISO 228-1:2000 Pipe threads where pressure-tight joints are not made on the threads --. Part 1: Dimensions, tolerances and designation.
ISO 4064-1:2014 Water meters for cold potable water and hot water-Part 1: Metrological and technical requirements.
ISO 7005-2:1988 Metallic flanges-Part 2: Cast iron flanges
ISO 7005-3:1988 Metallic flanges--Part 3: Copper alloy and composite flanges

Nota explicativa nacional
La equivalencia de las Normas Internacionales señaladas anteriormente con las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas en su grado de concordancia es la siguiente:

Norma Internacional
NOM o NMX
Grado de Concordancia
ISO 228-1
No hay
-
ISO 4064-1
No hay
-
ISO 7005-2
No hay
-
ISO 7005-3
No hay
-

3. Términos y definiciones
Para los propósitos de este Proyecto de NOM, se aplican los términos y definiciones presentados en la ISO 4064-1:2014.
NOTA: Muchas de las definiciones utilizadas en este Proyecto de NOM corresponden a la Guía ISO/IEC 99:2007|OIML V 2-200:2012, OIML V 1:2013 y OIML D 11 (véase 7 Bibliografía).
4. Características técnicas
4.1 Medidores en línea
4.1.1 Tamaño del medidor y dimensiones generales
El tamaño del medidor se caracteriza ya sea por el tamaño de la rosca del final de las conexiones o por el tamaño nominal de la brida. Para cada tamaño de medidor, hay un conjunto establecido correspondiente de dimensiones generales. Las dimensiones del medidor, como se ilustra en la figura 1, deben estar de acuerdo con la tabla 1.

Donde:
W1, W2 W1 + W2 es el ancho de una caja rectangular en la cual el medidor de agua puede estar contenido
H1, H2 H1 + H2 es la altura de una caja rectangular en la cual el medidor de agua puede estar contenido
L longitud de una caja rectangular en la cual el medidor de agua puede estar contenido
NOTA: La cubierta está en ángulos rectos en su posición cerrada. Las dimensiones H1, H2, W1 y W2 son máximas; L es un valor establecido con tolerancias específicas.
a Ángulo del ducto.

Figura 1-Tamaño del medidor y dimensiones generales
4.1.2 Conexión roscada
Los valores permisibles de las dimensiones a y b para las conexiones roscadas aparecen en la tabla 1. Las roscas deben ser de acuerdo con la norma ISO 228-1 (véase 2 Referencias normativas). La figura 2 define las dimensiones a y b.

Figura 2-Conexión roscada


4.1.3 Conexión con bridas
Las bridas y las conexiones deben ir de acuerdo con las normas ISO 7005-2 e ISO 7005-3 (véase 2 Referencias normativas) para la presión máxima correspondiente al medidor de agua. Las dimensiones deben ser como se proporcionan en la tabla 1.
El fabricante debe proveer un espacio libre razonable detrás de la cara posterior de la brida para permitir el acceso para la instalación y la remoción.

Tabla 1-Dimensiones del medidor de agua para las conexiones roscadas y bridadas

Dimensiones en milímetros

Tamaño de DNa
amin
bmin
Valores preferidos de Lb
Valores alternativos de Lb
W1, W2
H1
H2
15
10c
12c
(165, 190)
80,85,100,105,110,114,115,130,134,135,145, 170,175,180, 200,220
65
60
220
20
12
14
190
105,110,115,130,134,135,165,175,195, 200, 220, 229
65
60
240
25
12
16
260
110,150,175,199, 200, 210, 225, 273
100
65
260
32
13
18
260
110,150,175,199, 200, 230, 270, 300, 321
110
70
280
40
13
20
300
200,220,245,260,270,387
120
75
300
50
13
20
200
170, 245, 250, 254, 270, 275, 300, 345, 350
135
216
390
65
14
22
200
170,270,300, 450
150
130
390
80
200
190, 225,300,305,350,425,500
180
343
410
100
250
210, 280, 350, 356, 360, 375, 450, 650
225
356
440
125
250
220, 275,300,350,375, 450
135
140
440
150
300
230, 325, 350, 450, 457,500, 560
267
394
500
200
350
260,400,500, 508,550,600,620
349
406
500
250
450
330, 400, 600, 660,800
368
521
500
300
500
380,400,800
394
533
533
350
500
420,800
270
300
500
400
600
500,550,800
290
320
500
500
600
500, 625, 680, 770, 800, 900,1000
265
380
520
600
800
500,750,820,920,1000,1200
390
450
600
800
1200
600
510
550
700
>800
l,25x DN
DN
0,65xDN
0,65x DN
0,75x DN
a) Tamaño nominal de las bridas y conexiones roscadas.

b) Tolerancia de la longitud: DN15 a 40— L_20; DN 50 a 300— L_30; DN350 a 400— L_50. Las tolerancias de las longitudes de los medidores que sean mayores a DN 400 deben ser acordadas entre el usuario y el fabricante.

c) Para los medidores de DN 15 con una longitud de 80 mm o 85 αmm, αmin = bmin = 7,5 mm.

4.1.4 Conexión de medidor combinado
Las dimensiones deben ser como se establecen en la Tabla 2.
La longitud general de un medidor combinado puede ser una dimensión establecida o ajustable por medio de un acoplamiento deslizante. En este caso, el ajuste mínimo posible de la longitud general debe ser de 15 mm relativo al valor nominal de L que se define en la Tabla 2.
NOTA 1: Al momento de la publicación, debido a la amplia variación en la altura de los varios modelos de medidores combinados, no ha sido posible normalizar esta dimensión.


Tabla 2-Medidor de agua combinado con conexiones finales bridadas

Dimensiones en milímetros

Tamaño de DNa
Valores preferidos de L
Valores alternativos de L
W1, W2
50
300
270, 432, 560, 600
220
65
300
650
240
80
350
300,432, 630,700
260
100
350
360,610,750, 800
350
125
350
850
350
150
500
610,1000
400
200
500
1160,1200
400
a Tamaño nominal de la conexión de brida.
4.2 Medidores concéntricos y de cartucho y módulos metrológicos intercambiables
NOTA 2: Este inciso contiene la información necesaria del tamaño del medidor y las dimensiones generales. En el Apéndice A (Informativo) aparecen dos diseños de conexión del distribuidor de medidores.
NOTA 3: Es posible que este inciso y el Apéndice A (Informativo) se sometan a cambios conforme evolucionen los diseños del medidor de agua concéntrico y del distribuidor.
4.2.1 Tamaño del medidor y dimensiones generales
Las dimensiones para el diseño del medidor vigente se muestran en la figura 3 y la Tabla 3.
4.2.2 Diseño de la conexión del distribuidor de medidores
La conexión del medidor debe diseñarse para conectar el medidor, utilizando el tornillo de rosca provisto, al distribuidor teniendo en cuenta el diseño de la superficie. Los sellos deben asegurar que no haya fugas entre la conexión de entrada y el exterior del medidor o distribuidor, o entre los pasajes de entrada y salida en la interfaz del medidor o distribuidor.
4.2.3 Dimensiones de medidores concéntricos y de cartuchos
4.2.3.1 Generalidades
Las dimensiones para medidores concéntricos y de cartuchos se definen por un cilindro dentro del cual se ajusta el medidor como se muestra en la figura 3, en la cual J y K definen la altura y el diámetro respectivamente de un cilindro que contiene el medidor.

Figura 3-Dimensiones de medidores concéntricos y de cartuchos
NOTA 4: Cuando hay un dispositivo indicador o una calculadora, el tamaño general que se especifica en la figura 3 aplica sólo en la cubierta del transductor de medición.

4.2.3.2 Medidores concéntricos
Las dimensiones para medidores concéntricos se especifican en la Tabla 3.
Tabla 3-Dimensiones del medidor concéntrico
Dimensiones en milímetros
Tipo
ØD máximo
J máximo
ØK máximo
1
(G 1 ½B)a
220
110
2
(G 2 B)a
220
135
a Roscado Whitworth
4.2.3.3 Dimensiones de medidores de cartuchos
Las dimensiones para medidores de cartuchos se especifican en la Tabla 4.
Tabla 4-Dimensiones del medidor de cartuchos
Dimensiones en milímetros
ØD máximo
J máximo
ØK máximo
90
200
150
4.2.4 Dimensiones de los módulos metrológicos intercambiables
Las dimensiones de los módulos metrológicos intercambiables en medidores con patrones de flujo horizontales y verticales (WP o WS) deben estar de acuerdo con la figura 4 y las tablas 5 y 6.



Donde:

A, B, C, D, E véanse tablas 5 y 6


Figura 4-Dimensiones de los módulos metrológicos intercambiables-Medidores con patrones de flujo horizontales o verticales (WP o WS)

Tabla 5-Módulos metrológicos intercambiables: dimensiones-Medidores con patrón de flujo horizontal (WP)

Dimensiones en milímetros

DN
A máximo
B máximo
C máximo
D máximo
E máximo
40
210
125
125
190
147
50
210
125
125
190
147
65
210
125
125
190
147
80
235
147
145
190
180
100
235
147
145
190
180
125
235
147
145
190
180
150
370
252
210
290
245
200
370
258
220
290
276
250
370
258
220
290
276
300
370
258
220
290
276

Tabla 6-Módulos metrológicos intercambiables: dimensiones-Medidores con patrón de flujo vertical (WS)

Dimensiones en milímetros

DN
A máximo
B máximo
C máximo
D máximo
E máximo
50
232
150
130
160
170
65
250
168
130
202
170
80
270
177
166
250
218
100
310
204
168
252
218
150
425
290
255
345
292
200
440
340
280
400
360
Las dimensiones de los módulos intercambiables para su uso en medidores combinados deben estar de acuerdo con la figura 5 y la tabla 7.



Donde:
A, B, C, D, E, F véase la Tabla 7
Figura 5-Dimensiones de los módulos metrológicos intercambiables-Medidores combinados
Tabla 7-Módulos metrológicos intercambiables: dimensiones-Medidores combinados

Dimensiones en milímetros

DN
A máximo
B máximo
C máximo
D máximo
E máximo
F máximo
50
310
195
260
300
266
150
65
345
215
260
330
280
150
80
265
235
260
320
290
150
100
385
255
260
335
300
150
Las figuras 6 a 10 muestran ejemplos de medidores con insertos intercambiables.




5. Vigilancia
La vigilancia del presente Proyecto de NOM estará a cargo de la Secretaría de Economía por conducto de la Dirección General de Normas (DGN) y de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) conforme a sus respectivas atribuciones.
6. Concordancia con Normas Internacionales
Este Proyecto de NOM es idéntico (IDT) con la Norma Internacional “ISO 4064-4, Water meters for cold potable water and hot water-Part 4: Non-metrological requirements not covered in ISO 4064-1, ed 1.0 (2014-06)”.
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7 Bibliografía
· Ley Federal sobre Metrología y NormalizaciónDatabase Link Icon, publicada en el DOF el 1 de julio de 1992 y sus reformas.
· Ley Federal de Protección al ConsumidorLeyes y Reglamentos Jurídicos, publicada en el DOF el 24 de diciembre de 1992 y sus reformas.
· Reglamento de la Ley Federal de Protección del ConsumidorLeyes y Reglamentos Jurídicos, publicado en el DOF el 3 de agosto de 2006 y sus reformas.
· Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y NormalizaciónDatabase Link Icon, publicado en el DOF el 14 de enero de 1999 y sus reformas.
· NMX-Z-013-SCFI-2015, (PROY-NMX-Z-013-SCFI-2021 Guía para la estructuración y redacción de Estándares, DOF 23/II/2022Diario Oficial) "Guía para la estructuración y redacción de normas", declaratoria de vigencia publicada en el DOF el 18 de noviembre de 2015 y su Aclaración publicada en el DOF el 16 de junio de 2016.
· Lista de instrumentos cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria, así como las normas aplicables para efectuarla. Publicada en el DOF el 18 de abril de 2016.
· ISO/IEC Guide 99:2007, International vocabulary of metrology-Basic and general concepts and associated terms (VIM)
· OIML V 1:2013, International vocabulary of terms in legal metrology (VIML)
· OIML D 11:2013, General requirements for electronic measuring instruments-Environmental conditions.

TRANSITORIOS

Primero: La presente NOM, una vez que sea publicada como Norma definitiva, en el DOF, entrará en vigor a los 60 días naturales siguientes.

Segundo: Una vez que entren en vigor las Normas Oficiales Mexicanas NOM-012-SCFI-2017 en sus cinco partes como Normas definitivas, cancelarán a la “NOM-012-SCFI-1994Ley Federal sobre Metrol. y Norm, Medición de flujo de agua en conductos cerrados de sistemas hidráulicos-Medidores para agua potable fría-Especificaciones (esta Norma cancela a la NOM-012-SCFI-1993)”.

Ciudad de México, a 28 de agosto de 2017.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.

NOTA:

Este Proyecto se publico el 20/VI/2018Diario Oficial(Circular G-101/18Circulares CAAAREM 2018)
Se recomienda leer:



ULTIMO CAMBIO D.O.F. 06/20/2018


  
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