Los comités consultivos nacionales de normalización operarán según su ámbito de competencia, conforme a los lineamientos que dicte la Comisión Nacional de Normalización, tomando en consideración las bases siguientes:
l. Contribuir en la integración del Programa Nacional de Normalización con temas a normalizar durante el año que corresponda para normas oficiales mexicanas;
ll. Elaborar, revisar y aprobar las normas oficiales mexicanas que les correspondan, de acuerdo a su competencia;
lll. Desarrollar los temas propuestos a normalizar en el Programa Nacional de Normalización del año correspondiente;
lV. Coordinar su actividad con otros comités consultivos nacionales de normalización;
V. Proponer representantes ante la Secretaría, para participar en eventos o asuntos internacionales;
Vl. Participar en la homologación y armonización de normas con sus similares extranjeras e internacionales;
VII. Proponer a la dependencia competente, sus reglas de operación en las cuales se establecerá su organización, y
VIIl. Cualquier otra actividad relacionada con sus funciones que le sea encomendada por la dependencia que lo presida o por la Comisión Nacional de Normalización.