Reglamento
TÍTULO III NORMALIZACION
CAPÍTULO II DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS Y DE LAS NORMAS MEXICANAS
SECCIÓN II DE LAS NORMAS MEXICANAS
ARTÍCULO 43 Datos que deberá contener el aviso de consulta pública del proyecto de NMX

  
    Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta disposición, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de CAAAREM®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades Fiscales.