Acuerdos, Criterios, Politicas y Procedimientos

ANEXO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS 2013

ARTÍCULO ( 22) TRANSITORIO DEL 09 DE DICIEMBRE DE 2019



Primero.- El presente AcuerdoDiario Oficial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.

Segundo.- Los certificados de la conformidad que se expidieron conforme a la NOM-EM-018-SCFI-2016Ley Federal sobre Metrol. y Norm, Especificaciones y requerimientos de los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen dentro de centros de readaptación social, establecimientos penitenciarios o centros de internamiento para menores, federales o de las entidades federativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2017, mantendrán su vigencia, hasta el término señalado en ellos, para dar cumplimiento a la NOM-220-SCFI-2017Ley Federal sobre Metrol. y Norm.

Tercero.- Los certificados de la conformidad que se expidieron conforme a la Disposición Técnica IFT-011:2017Ley Federal sobre Metrol. y NormEspecificaciones de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones. Parte 1. Código de Identidad de Fabricación del Equipo (IMEI) y funcionalidad de receptor de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), publicada el 27 de abril de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, mantendrán su vigencia, hasta el término señalado en ellos, para dar cumplimiento a la NOM-221-SCFI-2017Ley Federal sobre Metrol. y Norm.

Ciudad de México, a 28 de noviembre de 2019.- La Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.

NOTA:

Este Acuerdo se dio a conocer en la Circular G-297/19Circulares CAAAREM 2019.

Ley
Año 2012


  
    Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta disposición, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de CAAAREM®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades Fiscales.