(Abrogada)

TÍTULO 2º METROLOGIA
CAPÍTULO 3º DE LA MEDICIÓN OBLIGATORIA DE LAS TRANSACCIONES
SECCIÓN
ARTÍCULO 17 Instrumentos de medición sujetos a prevenciones


Los instrumentos de medición automáticos que se empleen en los servicios de suministro de agua, gas, energía eléctrica, u otros que determine la Secretaría (Art. 14Base de datos 'Ley Federal sobre Metrol. y Norm', Vista 'Reglamento'Reglamento) quedan sujetos a las siguientes prevenciones:

I. Las autoridades, empresas o personas que proporcionen directamente el servicio, estarán obligadas a contar con el número suficiente de instrumentos patrón, así como con el equipo de laboratorio necesario para comprobar, por su cuenta, el grado de precisión de los instrumentos en uso;

II. Los suministradores podrán mover libremente todas la piezas de los instrumentos para medir que empleen para repararlos o ajustarlos, siempre que cuenten con patrones de medida y equipo de laboratorio. En tales casos deberán colocar en dichos instrumentos los sellos necesarios para impedir que personas ajenas a ellas puedan modificar sus condiciones de ajuste;

IV. La Secretaría podrá practicar las verificaciones de los instrumentos a que se refiere el presente artículo. Cuando se trate de servicios proporcionados por dependencias o entidades paraestatales (DOF 15/VIII/2016Diario Oficial, 15/VIII/2017Diario Oficial, 15/VIII/2018Diario Oficial, 15/VIII/2019Diario Oficial, 14/VIII/2020Diario Oficial, 13/VIII/2021Diario Oficial, 12/VIII/2022Diario Oficial), que cuenten con el equipo a que se refiere la fracción I, la verificación deberá hacerse por muestreo; y

V. Con la excepción prevista en la fracción II, en ningún otro caso podrán ser destruidos los sellos que hubiere impuesto el suministrador o, en su caso, la Secretaría. Quienes lo hagan serán acreedores a la sanción respectiva y al pago estimado del consumo que proceda.

NOTA:

Esta Ley quedó abrogada a partir del 24 de septiembre de 2020, de conformidad con los dispuesto en el Art. SegundoLey de Infraestructura de la Calidad .del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (DOF 1/VII/2020Diario Oficial)



  
    Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta disposición, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de CAAAREM®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades Fiscales.