1.4.2 (El texto de esta Regla correspondía a la Regla 5.2.1de las Reglas y Criterios de la SE 2012)
Los trámites se sujetarán a lo dispuesto por el artículo quintodel Decreto por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, publicado el 14 de enero de 2011 en el DOF, así como a las “Condiciones y términos de uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior”, publicados en la página www.ventanillaunica.gob.mx
En consecuencia, se estará, entre otras, a lo siguiente:
I. Se utilizará el RFC con estatus de activo de la persona moral o física de que se trate y su certificado de la E.firma (Definición) vigente y activo, la cual sustituirá a la firma autógrafa del firmante, garantizando la integridad, no repudio y confidencialidad de la documentación o información presentada y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio;
II. Se entenderá que las personas físicas y morales que realicen sus trámites a través de la Ventanilla Digital aceptan que los mismos se realicen en su totalidad mediante esa vía, por lo que los actos administrativos que correspondan se podrán emitir a través de medios electrónicos y notificarse por medio de dicha Ventanilla Digital;
III. En la emisión de los actos administrativos y su notificación que en materia de comercio exterior se realicen mediante la Ventanilla Digital, se utilizará la E.firma que corresponda a los servidores públicos, aplicando en lo conducente las disposiciones que la regulan, y
IV. Las Condiciones y términos de uso de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior publicadas en el siguiente link: https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/otros/CondicionesdeusoVUCEM2017.pdf.
1.4.3 Para los efectos de los trámites que se presenten a través de Ventanilla Digital, los particulares podrán acudir a las Oficinas de Representación de la SE a ingresar sus trámites, para lo cual deberán llevar en un dispositivo de almacenamiento portátil, la E.firma del solicitante junto con los anexos del trámite debidamente digitalizados en formato PDF conforme a los requerimientos técnicos de la propia Ventanilla Digital, para ser descargados del medio de almacenamiento portátil por el personal de apoyo con que cuente la SE en las Oficinas de Representación. (Ver Art. 8del Acuerdo que da a conocer el domicilio oficial de las Oficinas de Representación de la SE, DOF 07/XII/2023)
La orientación y apoyo no implica resolución favorable a los intereses del particular, como tampoco validación alguna respecto del contenido de los requisitos y anexos.