Con la notificación se enviará copia de la solicitud presentada y de los anexos que no contengan información confidencial (Art. 149RLCE) o, en su caso, de los documentos respectivos tratándose de investigaciones de oficio. (Art. 141RLCE)
Se dará a las partes interesadas a quienes se envíen los formularios utilizados en una investigación, un plazo de 23 días para que presenten los argumentos (Art. 81LCE), información y pruebas (Art. 82LCE) conforme a lo previsto en la legislación aplicable. Los plazos dados a las partes interesadas se contarán a partir de la fecha de recibo del formulario, el cual a tal efecto se considerará recibido 5 días después de la fecha en que haya sido enviado al destinatario o transmitido al representante diplomático competente del gobierno del país del exportador, o en el caso de un territorio aduanero distinto, a un representante oficial del territorio exportador.