Se establecerá anualmente el Programa Especial de Misiones, Ferias y Eventos, que tendrá por objeto promover el comercio y la inversión. Con el propósito de formular, ejecutar y revisar este Programa, dentro del Sistema Nacional de Promoción Externa, se integrará un comité presidido por la Secretaría (Definición Arts. 3 frac. ILCE, 1 frac. IIRLCE), para lo cual ésta convocará a las siguientes entidades y organismos:
I. Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito;
II. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito;
III. Consejo Mexicano de Inversión;
IV. Consejo Coordinador Empresarial;
V. Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana;
VI. Consejo Nacional de Comercio Exterior;
VII. Consejo Empresarial Mexicano para Asuntos Internacionales;
VIII. Confederación Nacional de Cámaras de Comercio;
IX. Confederación Nacional de Cámaras de Industria;
X. Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, y
XI. Otros organismos que determine la Secretaría.
NOTA:
- Se recomienda ver Art. 90de la Ley.