TÍTULO ( 0) TRANSITORIOS
CAPÍTULO -
SECCIÓN --
APARTADO 08 DEL 15 DE ABRIL DE 2024



TRANSITORIOS DEL 15 DE ABRIL DE 2024

PRIMERO. El presente AcuerdoDiario Oficialentra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

SEGUNDO. Los Certificados de molino o de calidad que hayan sido expedidos previo a la entrada en vigor del presente Acuerdo se considerarán válidos siempre que:

I. Contengan la ubicación del Molino o fabricante, aun cuando no especifiquen el país de origen del acero o de la mercancía a importar.

II. Contengan el número de colada, el número de embarque, el número de folio o el número de orden, aun cuando no contengan expresamente el número de Certificado.

TERCERO. La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior adecuará la información conducente en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, acorde con lo previsto en la regla 2.2.26Ley de Comercio Exteriory publicará un aviso en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) para informar a los usuarios de dicha actualización. (En este sentido, en la Circular G-143/24Circulares CAAAREM 2024 se da a conocer que a partir del 17 de junio de 2024, estará disponible la nueva versión del módulo para captura de solicitudes de este Aviso en la VUCEM. Por lo que en la Circular G-145/24Circulares CAAAREM 2024, se da a conocer que las solicitudes ingresadas antes del 17 de junio de 2024, tanto el NICO y el precio unitario deberán estar contenidos en el apartado "Descripción de la mercancía", y para las solicitudes que se ingresen a partir del 17 de junio de 2024, estos datos deberán aparecer en su apartado correspondiente)

Hasta en tanto se emita el aviso a que se refiere el párrafo anterior, las solicitudes correspondientes se requisitarán con los campos actualmente disponibles y conforme a la guía que se publique en el portal del SNICE.

Ciudad de México, a 11 de abril de 2024.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.

NOTA:
Este Acuerdo se publicó el 15/IV/2024Diario Oficial(Circular G-084/24Circulares CAAAREM 2024). Su Anteproyecto se dio a conocer en la Circular G-081/24Circulares CAAAREM 2024. En seguimiento a esta modificación respecto a la incorporación del Esquema B "RIPS", en la Circular G-236/24Circulares CAAAREM 2024, se da a conocer el Reporte Trimestral sobre las importaciones realizadas al amparo del Aviso automático de importación de productos siderúrgicos.


ULTIMO CAMBIO D.O.F. 04/15/2024


Reglamento
Ley

  
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