Los cupos se asignarán por medio de licitación pública, para lo cual se expedirá convocatoria con el fin de que cualquier persona física o moral presente proposiciones para adquirir parte o la totalidad del cupo (Art. 15RLCE) asignado a determinada mercancía de exportación o importación. (Arts. 27, 28, 29, 30, 32, 33 I, 34, 35, 36RLCE) (Ejemplos de Convocatorias: Para contratar los servicios para programar, ejecucutar y monitorear subastas electrónicas de cupos de importación y de exportación en el 2011, DOF 3/V/2011, Para importación en el 2009, DOF 4/VIII/2009) (El solicitante podrá presentar la solicitud de asignación de cupo que corresponda dentro de los 10 días hábiles previos al inicio del periodo de vigencia del cupo, Regla 2.3.8.)
Sin embargo, la Secretaría (Definición Arts. 3 frac. ILCE, 1 frac. IIRLCE) podrá optar, de manera fundada y razonada, por otros procedimientos de asignación (Arts. 31, 33 frac. II, 35RLCE) que promuevan la competitividad de las cadenas productivas y garanticen un acceso adecuado a nuevos solicitantes (Los cupos que asignarán las representaciones federales de la SE se mencionan en la Regla 2.3.5de las Reglas y criterios de la SE en materia de Comercio Exterior). Asimismo, los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.
En todo caso, la asignación de los cupos entre importadores o exportadores se hará conforme a procedimientos administrativos que no constituyan, por sí mismos, un obstáculo al comercio.